Guía · Actualizada 10 de octubre de 2026

Calendario fiscal 2026 para autónomos y empresas

Todos los plazos de 2026: IVA e IRPF trimestrales, renta, Impuesto sobre Sociedades, resúmenes anuales, no residentes y lo que llega con Verifactu en 2027.

Informes contables impresos sobre un escritorio de trabajo

Equipo fiscal de Aval Fiscal
Publicado y revisado el 10 de octubre de 2026 · Contenido revisado por un asesor

El calendario del contribuyente lo publica cada año la Agencia Tributaria. Aquí tienes los plazos más habituales para autónomos y sociedades en 2026. Recuerda una regla general: si el último día cae en sábado, domingo o festivo nacional, el plazo se traslada al siguiente día hábil. Si domicilias el pago, el plazo termina unos días antes (normalmente el día 15).

Consulta siempre el calendario oficial de la AEAT antes de presentar.

Impuestos trimestrales

Afectan a la mayoría de autónomos y sociedades: IVA (modelo 303), pago fraccionado del IRPF (130 o 131), retenciones de trabajadores y profesionales (111), retenciones de alquileres (115) y operaciones intracomunitarias (349). Si tienes una sociedad, nuestra asesoría para empresas en Madrid los presenta y te avisa del importe antes de cada plazo.

TrimestrePlazo de presentaciónModelos habituales
4T 20251 – 30 de enero de 2026303, 130/131, 111, 115, 349
1T 20261 – 20 de abril de 2026303, 130/131, 111, 115, 349
2T 20261 – 20 de julio de 2026303, 130/131, 111, 115, 349
3T 20261 – 20 de octubre de 2026303, 130/131, 111, 115, 349
4T 20261 – 30 de enero de 2027*303, 130/131, 111, 115, 349

* El 30 de enero de 2027 es sábado, por lo que el plazo se trasladará previsiblemente al lunes 1 de febrero de 2027.

Declaraciones anuales de enero y febrero

  • Modelo 390 (resumen anual de IVA), 190 (retenciones de trabajo y profesionales) y 180 (retenciones de alquileres): del 1 al 30 de enero de 2026, correspondientes a 2025. Los de 2026 se presentarán en enero de 2027.
  • Modelo 347 (operaciones con terceros por encima de 3.005,06 €): durante el mes de febrero.
  • Modelo 720 (bienes y derechos en el extranjero, si superas los umbrales): del 1 de enero al 31 de marzo.

Campaña de la renta

La declaración de la renta de 2025 se presentó entre el 8 de abril y el 30 de junio de 2026 (con domiciliación hasta el 25 de junio). Si sale a pagar, puedes fraccionarla en dos plazos: 60 % al presentar y 40 % hasta el 5 de noviembre. El Impuesto sobre el Patrimonio (modelo 714), cuando procede, se presenta en el mismo plazo.

¿Te la preparamos el año que viene? Mira nuestro servicio de declaración de la renta en Madrid.

Que ningún plazo te pille por sorpresaNuestros clientes reciben el importe estimado antes de cada vencimiento.

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Impuesto sobre Sociedades

  • Modelo 200 (declaración anual): en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre. Para ejercicios que cierran el 31 de diciembre, del 1 al 25 de julio.
  • Modelo 202 (pagos fraccionados): del 1 al 20 de abril, del 1 al 20 de octubre y del 1 al 20 de diciembre (en 2026, el 20 de diciembre es domingo, así que el plazo pasa al lunes 21).
  • Cuentas anuales: la junta debe aprobarlas en los seis meses siguientes al cierre (hasta el 30 de junio) y depositarlas en el Registro Mercantil en el mes siguiente a la aprobación.

¿Vas a crear tu sociedad limitada online? Estos plazos se aplican desde el primer ejercicio, aunque la sociedad tenga todavía poca actividad.

Otros plazos importantes

  • Modelo 210 de no residentes por renta imputada (inmuebles en España no alquilados): la de 2025 se presenta durante todo 2026, hasta el 31 de diciembre. Te ayudamos en nuestro servicio de impuesto de no residentes.
  • Cambios de base de cotización de autónomos: hasta seis veces al año, con efectos bimestrales.
  • Modelo 036/037: cualquier cambio en tu actividad, domicilio o régimen de IVA debe comunicarse en el plazo de un mes.
  • Renuncia o revocación a módulos o al régimen simplificado del IVA: durante diciembre, con efectos para el año siguiente.

Lo que llega en 2027: Verifactu

Tras el último aplazamiento (Real Decreto-ley 15/2025), los programas de facturación tendrán que cumplir el reglamento Verifactu:

  • Desde el 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • Desde el 1 de julio de 2027 para autónomos y el resto de obligados.

Novedad (octubre de 2026): Hacienda ha anunciado que prevé aplazar Verifactu a octubre de 2028, para hacerlo coincidir con la factura electrónica obligatoria entre empresas. Mientras no se publique en el BOE, las fechas legales siguen siendo las de 2027. Te avisaremos en cuanto se publique.

2026 es, por tanto, el año para elegir y probar un software adaptado. Te lo contamos en Verifactu y factura electrónica.

Resumen mes a mes

MesQué se presenta (lo más habitual)
EneroTrimestrales del 4T 2025 (303, 130, 111, 115, 349) y resúmenes anuales 390, 190 y 180
FebreroModelo 347 de operaciones con terceros
MarzoModelo 720 de bienes en el extranjero (hasta el 31)
AbrilTrimestrales del 1T, primer pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades (202) e inicio de la campaña de la renta (día 8)
MayoCampaña de la renta en curso
JunioFin de la campaña de la renta (día 30) y aprobación de las cuentas anuales
JulioTrimestrales del 2T, Impuesto sobre Sociedades (modelo 200, hasta el 25) y depósito de cuentas
OctubreTrimestrales del 3T y segundo pago fraccionado del 202
NoviembreSegundo plazo de la renta fraccionada (día 5)
DiciembreTercer pago fraccionado del 202, renuncias a módulos y fin del plazo del modelo 210 de renta imputada

Si tienes trabajadores, además, cada mes se liquidan los seguros sociales a través del Sistema RED, normalmente en el mes siguiente al de devengo. De eso, y de las nóminas, se ocupa nuestra asesoría laboral.

Cómo no perder un plazo

  1. Lleva tus facturas al día cada mes, no al final del trimestre.
  2. Reserva cada mes el dinero estimado del IVA y del IRPF en una cuenta aparte.
  3. Activa las notificaciones electrónicas de la AEAT y revisa la Dirección Electrónica Habilitada única.
  4. Pide a tu asesoría fiscal la previsión de cada trimestre con al menos una semana de antelación.

Presentar fuera de plazo sin requerimiento previo supone un recargo de entre el 1 % y el 20 % según el retraso; si es Hacienda quien lo detecta, la sanción puede ser mayor.

Aviso: esta guía es informativa y se basa en la normativa vigente a la fecha de actualización. Las cifras pueden cambiar; confirma tu caso concreto con un asesor antes de decidir.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Cuándo se presenta el IVA del tercer trimestre de 2026?

Del 1 al 20 de octubre de 2026, con el modelo 303. Si domicilias el pago, hasta el día 15.

¿Qué pasa si presento un impuesto fuera de plazo?

Si lo presentas tú antes de que Hacienda te lo requiera, se aplica un recargo del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso, hasta el 15 % (20 % a partir de 12 meses). Si hay requerimiento previo, puede haber sanción.

¿Cuándo se presenta el Impuesto sobre Sociedades?

Para ejercicios que cierran el 31 de diciembre, del 1 al 25 de julio del año siguiente, con el modelo 200.

¿El modelo 390 sigue siendo obligatorio?

Sí, para la mayoría de contribuyentes que presentan el 303 trimestral. Están exonerados quienes llevan el SII y algunos casos de actividades específicas.

¿Hasta cuándo puedo presentar el modelo 210 de renta imputada?

La renta imputada de 2025 se puede presentar durante todo 2026, hasta el 31 de diciembre.

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