
Cómo funciona el sistema de cotización
Desde 2023 los autónomos cotizan por sus rendimientos netos reales. Cada año eliges un tramo según lo que prevés ganar; después, la Seguridad Social compara con los datos de Hacienda y regulariza: te devuelve lo pagado de más o te reclama lo que falta.
Para 2026 se han mantenido las bases de los 15 tramos de 2025. Lo que sí cambia es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que sube al 0,9 %. El tipo total queda en torno al 31,5 % de la base de cotización. Puedes consultar la normativa en el portal de la Seguridad Social y en el BOE.
Tabla de tramos 2026
La tabla muestra los rendimientos netos mensuales de cada tramo, la base mínima y la cuota aproximada que resulta de aplicar el 31,5 %. Puedes elegir una base superior a la mínima (hasta el máximo del tramo) si quieres mejorar tus prestaciones futuras.
| Tramo | Rendimientos netos/mes | Base mínima | Cuota mínima aprox. |
|---|---|---|---|
| 1 | ≤ 670 € | 653,59 € | ≈ 206 € |
| 2 | 670 – 900 € | 718,95 € | ≈ 226 € |
| 3 | 900 – 1.166,70 € | 849,67 € | ≈ 268 € |
| 4 | 1.166,70 – 1.300 € | 950,98 € | ≈ 300 € |
| 5 | 1.300 – 1.500 € | 960,78 € | ≈ 303 € |
| 6 | 1.500 – 1.700 € | 960,78 € | ≈ 303 € |
| 7 | 1.700 – 1.850 € | 1.143,79 € | ≈ 360 € |
| 8 | 1.850 – 2.030 € | 1.209,15 € | ≈ 381 € |
| 9 | 2.030 – 2.330 € | 1.274,51 € | ≈ 401 € |
| 10 | 2.330 – 2.760 € | 1.356,21 € | ≈ 427 € |
| 11 | 2.760 – 3.190 € | 1.437,91 € | ≈ 453 € |
| 12 | 3.190 – 3.620 € | 1.519,61 € | ≈ 479 € |
| 13 | 3.620 – 4.050 € | 1.601,31 € | ≈ 504 € |
| 14 | 4.050 – 6.000 € | 1.732,03 € | ≈ 546 € |
| 15 | > 6.000 € | 1.928,10 € | ≈ 607 € |
Cuotas orientativas, calculadas sobre la base mínima con un tipo del 31,5 %. El importe exacto puede variar en céntimos; compruébalo en el simulador de la Seguridad Social o pregúntanos.
Cómo calcular tus rendimientos
El rendimiento que se usa para elegir tramo no es lo que facturas. Se calcula así:
- Ingresos de la actividad menos gastos deducibles = rendimiento neto.
- Se suman las cuotas de autónomo que hayas pagado (no son deducibles a estos efectos).
- Se aplica una deducción por gastos genéricos del 7 % (3 % en el caso de autónomos societarios).
- El resultado anual se divide entre 12 para obtener la cifra mensual.
Ejemplo: si tu rendimiento neto anual es de 24.000 € y no eres societario, aplicarás el 7 % (24.000 × 0,93 = 22.320 €) y saldrán 1.860 € al mes: tramo 8. Tu asesoría fiscal puede hacer este cálculo con tus libros de ingresos y gastos para que elijas bien el tramo.
¿En qué tramo estás de verdad?Revisamos tu previsión y ajustamos tu base para evitar sustos en la regularización.
Revisar mi cuotaTres ejemplos prácticos
- Diseñadora que empieza, con un rendimiento previsto de 9.000 € al año (unos 700 € al mes tras la deducción del 7 %): tramo 2. Si es su primera alta, pagará la tarifa plana de 80 € durante 12 meses y podrá pedir la prórroga si sigue por debajo del salario mínimo.
- Consultor consolidado, con 36.000 € de rendimiento neto: 36.000 × 0,93 / 12 = 2.790 € al mes, tramo 11. Su cuota mínima ronda los 450 € al mes.
- Socia administradora de una SL con el 50 % del capital: cotiza como autónoma societaria con una base mínima de 1.424,40 € (unos 450 € al mes), aunque la sociedad tenga pocos beneficios el primer año.
Si estás pensando en crear tu sociedad limitada online, ten en cuenta este coste fijo desde el primer mes. Y si ya la tienes, nuestra asesoría para empresas en Madrid revisa también la cotización de los socios.
Tarifa plana de 80 €
Los nuevos autónomos pagan una cuota reducida de 80 € al mes durante 12 meses (algo más en la práctica por el MEI), sean cuales sean sus rendimientos. Requisitos principales:
- No haber estado de alta como autónomo en los dos años anteriores (tres si ya disfrutaste antes de la tarifa plana).
- Solicitarla en el momento del alta.
- Estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social.
Pasados los 12 meses, puedes prorrogarla otros 12 si tus rendimientos netos previstos son inferiores al salario mínimo interprofesional. La Comunidad de Madrid ha ofrecido en convocatorias anteriores ayudas para cubrir parte de la cuota de los nuevos autónomos; consulta si hay una convocatoria abierta en la web de la Comunidad de Madrid. Gestionamos tu alta y la solicitud de la tarifa plana en nuestro servicio de alta de autónomo en Madrid.
Autónomo societario
Si controlas una sociedad (por ejemplo, tienes al menos el 33 % del capital o el 25 % y eres administrador) y trabajas en ella, cotizas como autónomo societario. En 2026 su base mínima es de 1.424,40 € al mes, lo que supone una cuota aproximada de 450 € mensuales, aunque los rendimientos reales sean menores. También puede acogerse a la tarifa plana si cumple los requisitos.
Este coste fijo es una de las razones por las que la SL no compensa con beneficios bajos. Lo analizamos en autónomo o sociedad limitada.
Cambiar de base durante el año
Puedes cambiar tu base de cotización hasta seis veces al año, a través de Import@ss. El cambio surte efecto según el periodo en que lo solicites:
| Si lo solicitas entre… | Efecto desde |
|---|---|
| 1 de enero y 28/29 de febrero | 1 de marzo |
| 1 de marzo y 30 de abril | 1 de mayo |
| 1 de mayo y 30 de junio | 1 de julio |
| 1 de julio y 31 de agosto | 1 de septiembre |
| 1 de septiembre y 31 de octubre | 1 de noviembre |
| 1 de noviembre y 31 de diciembre | 1 de enero del año siguiente |
Conviene revisar tu previsión al menos cada trimestre, cuando presentas el IVA y el IRPF. Si además tienes trabajadores, sus cotizaciones van por otro camino (seguros sociales mensuales) y las gestiona nuestra asesoría laboral y de nóminas.
La regularización anual
Una vez Hacienda tiene los datos de tu declaración de la renta, la Seguridad Social compara tus rendimientos reales con la base por la que cotizaste:
- Si cotizaste de menos, te reclamará la diferencia, que deberás pagar en el plazo indicado en la notificación.
- Si cotizaste de más, te devolverá el exceso de oficio, normalmente antes del 30 de abril del año siguiente a la regularización.
Las primeras regularizaciones (de los ejercicios 2023 en adelante) se están notificando de forma progresiva. Si recibes una, revisa que los rendimientos que figuran coinciden con tu renta; si no, puedes presentar alegaciones.
Aviso: esta guía es informativa y se basa en la normativa vigente a la fecha de actualización. Las cifras pueden cambiar; confirma tu caso concreto con un asesor antes de decidir.